Adopción del CÓDIGO INTERNACIONAL DEL NOTARIADO, en Dakar, Senegal

Las reuniones institucionales de la UINL se celebraron en Dakar, Senegal, del 8 al 10 de mayo de 2025.

Varios temas importantes figuraban en el orden del día de estas reuniones: Consejo de Dirección, Consejo General, Foro sobre el sistema de tenencia de la tierra y los procedimientos de inmatriculación, presentación del programa de los candidatos a la próxima presidencia de la UINL 2026-2028 y, votación de un texto de gran importancia para el notariado mundial, el Código Internacional del Notariado.

Este nuevo texto, ya denominado «Código de Dakar», ha sido adoptado el 9 de mayo de 2025 por la Asamblea General de Notariados miembros reunida en sesión extraordinaria en Dakar.
Proyecto emblemático de la legislatura del Presidente de la UINL, Lionel Galliez, este código ha sido concebido como un marco de referencia no vinculante, destinado a fortalecer los notariados miembros y, más generalmente, a presentar la tradición jurídica continental.
Este texto es el resultado de un amplio trabajo colectivo, de más de dos años. Reúne y define los principios y valores del notariado mundial, respetando la diversidad de los notariados miembros.

“Respetuosa de la diversidad y riqueza de las legislaciones nacionales, tanto presentes como futuras, la Unión no pretende con este Código imponer un modelo uniforme. (…) Este código contribuye a precisar lo que es el derecho continental mostrando que la institución notarial es un componente esencial y característico del mismo. El derecho continental apunta a un equilibrio entre los valores morales y sociales, y a un derecho que garantice la seguridad jurídica. El notario, en virtud de su imparcialidad, contribuye al equilibrio contractual. Y, por la calidad y los efectos de los documentos que autoriza, responde a las tres formas que con frecuencia adopta la necesidad de seguridad: una necesidad de prevención, a la que responde un servicio público que disipa el temor de la incertidumbre y permite actuar y emprender con serenidad; una necesidad de pacificación, a la que responde el evitar conflictos en las relaciones humanas que configuran la sociedad; una necesidad de protección de las personas y de sus derechos, a la que responde el establecimiento de títulos incuestionables y conservados de forma duradera. (Extracto del preámbulo del Código Internacional del Notariado aprobado en Dakar, el 9 de mayo de 2025).